FP Dual

La Formación Profesional Dual es la modalidad de formación profesional que combina formación en el centro educativo con la actividad práctica en un centro de trabajo. Esto presenta ventajas tanto para la empresa, poder disponer de profesionales cualificados y formados según sus necesidades, como para el alumno o alumna, que se va formando mientras adquiere experiencia en la empresa.

La FP Dual no sustituye a la FP actual, sino que funciona de forma complementaria. El centro educativo que oferte FP dual creará grupos mixtos en los que habrá alumnos que estén realizando la formacion dual junto con otros alumnos que estén en modalidad ordinaria.

¿Quién puede acceder a la Formación Profesional Dual? ¿Existe un límite de edad para cursar la Formación Profesional Dual?

Cualquier alumno de un ciclo formativo de grado medio o de grado superior, si el centro oferta esta enseñanza. Los menores de edad serán, en todo caso, mayores de 16 años y contarán con una autorización de los padres o representantes legales, debiendo respetarse en cualquier caso la normativa laboral establecida al respecto. En cuanto al límite superior de edad, la única limitación será la establecida por la normativa laboral vigente.

¿A qué se compromete el alumnado que desee cursar un ciclo formativo en Formación Profesional Dual?

Todo el alumnado que se matricule en un ciclo formativo en Formación Profesional Dual aceptará, entre otras, las siguientes condiciones:

  • Que se matricula en un grupo con condiciones diferentes, en el que la distribución temporal de la actividad formativa en el centro y en la empresa puede variar.
  • Que existen unos criterios de selección para ocupar los posibles puestos formativos en las empresas.
  • Que se tendrán en cuenta las valoraciones del instructor o instructura de la empresa en la evaluación del ciclo formativo.

¿Qué título recibiré cuando termine mi formación?

El título será el del ciclo formativo cursado, además de un certificado de la actividad realizada en la empresa expedido por el centro educativo.

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas participantes y cómo lo acreditarán?

Las empresas deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 8 y 14 del Decreto 74/2013, de 14 de junio. Estos requisitos los acreditarán por alguno de los siguientes medios:
a) Informe realizado por confederaciones empresariales más representativas de la Comunitat Valenciana.
b) Certificado emitido por el Consejo de Cámaras o Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana.
c) Declaración responsable que acredite que se cumplen los requisitos establecidos en los artículos 8 y 14 del Decreto 74/2013, de 14 de junio .

¿Quién es el instructor o instructora de la empresa?

Es el encargado de guiar al alumno o alumna y supervisar sus progresos durante la estancia en la empresa. También será el encargado de coordinarse con el tutor o tutora de Formación Profesional  Dual para realizar el seguimiento y valoración del alumnado.

¿Qué requisitos deben cumplir los instructores de la empresa?

Deben formar parte de la plantilla y reunir uno de los dos requisitos siguientes:

  • Tres años de experiencia profesional no docente en puestos de trabajo relacionados directamente con los contenidos del ciclo formativo.
  • Poseer una titulación igual o superior al ciclo formativo que está cursando el alumnado.

¿Cuál es el plazo de presentación para los proyectos de Formación Profesional Dual?

El plazo está abierto hasta el 31 de enero para todos los proyectos de centros educativos que pretendan llevarse a cabo en el siguiente curso académico.

A partir del 2014-2015 y hasta 2019-2020 la implantación será progresiva en todos los ciclos que se impartan en la Comunidat Valenciana, salvo imposibilidad justificada.

¿Existe un modelo de documento para facilitar la elaboración de un proyecto de Formación Profesional Dual?

Todos los proyectos deben incluir los apartados que se indican en el artículo 11 del Decreto 74/2013, de 14 de junio y el artículo 3 de la Orden de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte por la que se regulan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional Dual del sistema educativo en la Comunitat Valenciana.

Ver en esta misma página unas  “Orientaciones para la elaboración del proyecto” y una “Ejemplificación”.

¿Cuál es la vigencia de la autorización del proyecto de Formación Profesional Dual?

Será de un año, prorrogable automáticamente.

 

 Información Conselleria sobre FP DUAL